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miércoles, 29 de octubre de 2014

Bolivia, El Salvador y Paraguay electos en el Consejo de Derechos Humanos



El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es un órgano creado en el 2006 dependiente de la Asamblea General de Naciones Unidas, compuesto por 47 Estados miembros. Anterior a él, existía la Comisión de Derechos Humanos constituida por 53 Estados Miembros, la cual permaneció desde su creación por el Consejo Económico y Social en 1947 hasta su disolución (en marzo del 2006) como el principal órgano de discusión y debate en materia de derechos humanos en el seno de las Naciones Unidas. En ambos casos, (tanto la Comisión como el Consejo) se trata de un órgano intergubernamental -y por ende político- en el que participan de manera exclusiva los Estados con sus representantes en la toma de decisión. Algunos espacios permiten que entidades de la sociedad civil presenten su posición, pero de manera muy limitada y sin incidir mayormente en la toma de decisión de este órgano intergubernamental. Las técnicas usadas para la toma de decisión en este órgano político de deliberación son la del consenso o la del voto, en caso de desacuerdo persistente entre sus integrantes.
Las críticas hechas a la Comisión se mantienen con respecto al Consejo. Dos especialistas no titubearon en concluir un artículo (ver texto completo) sobre el nuevo Consejo de Derechos Humanos con la siguiente frase: “Como en el caso de su predecesor, la Comisión de Derechos Humanos, y de otros órganos de las Naciones Unidas, la eficacia de su actuación ha de basarse en su capacidad para influir en los Estados y persuadirlos para que respeten los derechos humanos internacionalmente protegidos, y, a lo sumo, en la presión política y moral derivada de la “movilización de la vergüenza” que sea capaz de suscitar” (p. 27). El Consejo de hoy (como la Comisión de antaño) es un espacio de carácter eminentemente político. Al respecto, se concluye en una tésis doctoral publicada en Francia sobre la reforma de la Comisión que “… le Conseil d´aujourd´hui, tout comme la Commission hier, n´est ni plus ni moins qu´un organe de nature politique, à l´instar de la vie internationale. La nature politique de cet organe est due non seulement à sa composition, mais également aux fonctions qu´il exerce” (Nota 1).
La discusión (de naturaleza política) sobre los derechos humanos puede no obstante ir mucho más allá de simples condenas o valoraciones sobre situaciones, y llevar a los Estados a establecer diversos mecanismos para protegerlos:
  • puede tratarse de mecanismos convencionales, es decir establecidos mediante la adopción de tratados internacionales, como los dos Pactos Internacionales adoptados en 1966. Estos y muchos de los actuales tratados universales en derechos humanos fueron elaborados en la extinta Comisión de Derechos Humanos: entre los últimos, podemos citar el texto que fue aprobado en diciembre del 2002, el Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (Nota 2); o el Protocolo al Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales del 2008, objeto de una reciente nota ;
  • puede tratarse de mecanismos no convencionales, que actualmente ascienden a 38 mandatos temáticos (ver listado oficial), conjuntamente con 14 mandatos por país (ver listado oficial). Hace unos pocos meses, tuvimos la oportunidad (ver modesta nota) de analizar brevemente el texto adoptado por el Consejo de Derechos Humanos con relación a la situación imperante en Gaza, y la decisión de crear una comisión que investigara lo ahí sucedido desde la perspectiva del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos (Nota 3).
Como puede apreciarse, el Consejo de Derechos Humanos constituye “el” espacio por excelencia dentro del organigrama de las Naciones Unidas para debatir sobre la situación de los derechos humanos.
El mecanismo de elección
La Asamblea General de las Naciones Unidas, a través de una votación directa y secreta de sus 193 integrantes, es el órgano llamado a designar a los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos, a partir de una distribución geográfica que sigue las siguientes reglas: África, con 13 puestos; Asia y el Pacífico, con 13 puestos; América Latina y el Caribe con 8 puestos; Estados de Europa occidental y otros Estados con 7 puestos; y Estados de Europa oriental con 6 puestos. La denominación "otros Estados" que completa “Europa occidental” refiere a un grupo un tanto singular dentro de las Naciones Unidas que reúne a Estados y no a una región geográfica: el JUSCANZ (por la siglas en inglés de sus fundadores Japón, Estados Unidos, Canadá, Australia y Nueva Zelanda, a los que hay que añadir Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza, y, desde enero del 2014 a Israel, que participó en febrero a la primera reunión del JUSCANZ como integrante).
De los 47 integrantes del Consejo de Derecho Humanos, por parte de América Latina forman parte los siguientes ocho Estados hasta el 31 de diciembre del 2014: Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, México, Perú y Venezuela. Leemos en una nota especializada que para las tres vacantes que dejarán Chile, Costa Rica y Perú, al vencerse su mandato el 31 de diciembre del 2014, son cuatro los Estados de América Latina que se postularon, a saber: Bolivia, Costa Rica, El Salvador y Paraguay.
La renovación de los miembros por la región de América Latina y el Caribe
En las elecciones realizadas el pasado 21 de octubre del 2014, se procedió a renovar el mandato por tres años de quince de los miembros del Consejo de Derechos Humanos, incluyendo el de tres de los miembros por parte de América Latina y el Caribe. Quedaron electos Bolivia (con 144 votos), El Salvador (151) así como Paraguay (139) mientras que Costa Rica no logró su reelección, obteniendo 120 votos. En declaraciones dadas a conocer a la prensa, el jefe de la diplomacia de El Salvador indicó (ver nota de prensa) que: “Hoy es un día histórico para nuestro país. Por primera vez la República de El Salvador ha sido electa como miembro del Consejo de Derechos Humanos (...) tras obtener 151 votos en la elección que se realizó en Nueva York. Esta es un votación histórica también porque El Salvador fue el país que sacó la mayor votación en esta elección por arriba de los demás candidatos que estaban propuestos”. Por su parte, el canciller de Costa Rica explicó el revés diplomático sufrido debido a una entrada tardía en la contienda de Costa Rica (ver nota de prensa), precisando que: “A principios de año solo teníamos 20 votos, hoy sacamos 120, pero no fue suficiente”. Adicionalmente, el ex embajador de Costa Rica en Naciones Unidas hasta el mes de junio del 2014 indicó lo siguiente: “Mientras yo estuve haciendo campaña el año pasado, algunos países me preguntaron eso, los motivos del por qué buscábamos la reelección inmediata y nos decían que por lo general no tenían políticas de apoyar reelecciones inmediatas. El tercer factor obedece a que una parte de la campaña tocó en un momento de transición, de eso nadie tiene la culpa” (ver nota de CRHoy). Con respecto a las fechas en que se anunciaron las candidaturas, es de notar que la postulación de El Salvador fue anunciada oficialmente en septiembre del 2013 (ver nota de prensa), mientras que la de Paraguay se realizó en el mes de diciembre del 2013. Por su parte la de Bolivia se hizo oficial en julio del 2014 (ver nota de postulación). En el discurso en el que postulaba a su país (ver texto completo), el canciller paraguayo indicó que: “Por ello, convencidos que como país soberano, democrático y respetuoso de los derechos fundamentales del hombre, podemos contribuir con las demás naciones en forma constructiva e incluyente, aspiramos a lograr, por primera vez en nuestra historia, una membresía en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, durante el período 2015-2017”. Remitimos al lector para mayores detalles a la nota formal de postulación de Paraguay con fecha de diciembre del 2013, así como a la nota de postulación de El Salvador con fecha de septiembre del 2013.
Las reelecciones anteriores de Estados en el seno del Consejo de Derechos Humanos
El Consejo de Derechos Humanos se creó en marzo del 2006 y quedó integrado de la siguiente manera por parte de los Estados de América Latina (el año indica el término del mandato por el que fue escogido): Argentina (2007), Brasil (2008), Cuba (2009), Ecuador (2007), Guatemala (2008), México (2009), Perú (2008), Uruguay (2009). Como se puede apreciar, Cuba, México y Uruguay fueron los Estados que fueron beneficiados con un mandato de 3 años, Brasil y Guatemala con uno de 2 años, y Argentina y Ecuador con uno de un año tan solo.
Al llegar al término de su mandato, un Estado puede presentar su candidatura para un segundo mandato (reelección automática). En lo que concierne las reelecciones de Estados del hemisferio americano, podemos reseñarlas cronológicamente de manera a dar una breve idea de la práctica seguida. En noviembre del 2013, Cuba fue reelecta con 148 votos para un nuevo mandato (ver nota). En noviembre del 2012, Estados Unidos fue reelegido por un segundo mandato de tres años con 131 votos a favor (ver nota de Naciones Unidas). En mayo del 2011, Chile fue reelegido de igual manera por un segundo mandato con 159 votos (ver nota). En mayo del 2009, Cuba fue reelecta para el mandato 2009-2012 con 163 votos a favor (ver nota de postulación de Cuba) así como México (reelección) (ver nota de postulación) con 175 votos (ver nota). En ese mismo mes de mayo del 2009, Uruguay también fue reelecto con 173 votos (ver comunicado oficial de Uruguay y nota de postulación) En el año 2008, Brasil fue reelecto por tres años más con 175 votos a favor (ver comunicado oficial del 27/05/2008), y en el 2012 por un tercer mandato consecutivo con 184 votos (ver nota de prensa). Como se puede apreciar, la reelección en el seno Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es parte de la práctica de los Estados de América Latina, con Brasil y Cuba como miembros reelectos de manera ininterrumpida desde su creación en el 2006.
La postulación para reelección de Costa Rica en el 2013
Durante su última visita como jefe de Estado a la sede de las Naciones Unidas en septiembre del 2013, la Presidenta Laura Chinchilla anunció que Costa Rica se postularía para un segundo mandato (reelección) (ver nota de prensa   La Nación, 26/09/2013). Un año más tarde, con ocasión de su visita a la misma sede en septiembre del 2014, el actual Presidente de Costa Rica indicó a medios de prensa no contar aún con el número requerido de votos que garantizaran a Costa Rica una reelección en el seno del Consejo de Derechos Humanos (ver nota de Prensa Libre, 25/09/2014).

Recordemos que Costa Rica había resultado electa por tres años en el seno del Consejo de Derechos Humanos en el mes de mayo del 2011, conjuntamente con Chile y Perú, dejando por fuera a Nicaragua. En una nota de prensa de Naciones Unidas se lee en efecto que en las elecciones de mayo del 2011 en las que Costa Rica quedó electa: "Han obtenido los votos y han sido elegidos: Chile,   159   votos, Costa Rica,   138, Perú,   136. Nicaragua ha obtenido   98   votos”, dijo el presidente de la Asamblea General, Joseph Deiss al anunciar a los nuevos miembros". Posteriormente, en noviembre del 2012, fueron Brasil, Argentina y Venezuela los designados por la Asamblea General de las Naciones Unidas para integrar el Consejo de Derechos Humanos: leemos en una nota de prensa de Naciones Unidas que: "Venezuela obtuvo   154 votos, Argentina   176   y Brasil   184". Finalmente (noviembre del 2013), fueron Cuba y México: "Las candidaturas de Cuba y México por la región de América Latina obtuvieron   148   y   135   votos, respectivamente, en la Asamblea General de Naciones Unidas" se lee en una nota de prensa similar a las antes citadas. 

Con la votación realizada durante esta semana, el Consejo de Derechos Humanos sesionará a partir del 2015 con los siguientes miembros por parte de América Latina: Argentina, Bolivia, Brasil, Cuba, El Salvador, México, Paraguay y Venezuela.
Los votos obtenidos por los demás miembros electos
El otro grupo regional en el que varios Estados se disputaron candidaturas para ser miembro del Consejo de Derechos Humanos fue el grupo de Asia y Pacífico, en el que quedaron electos el pasado 21 de octubre los siguientes Estados: Bangladesh (139 votos) y Qatar (142 votos). Por su parte, fueron reelectos Indonesia e India (con 152 y 162 votos respectivamente). Estos dos últimos Estados lograron reunir más votos que Tailandia , con 136 votos (ver nota de prensa). En el caso del continente africano, lograron ser electos Nigeria (con 187 votos) así como Ghana (187), Congo (185) y Botsuana (183) (ver nota de prensa). En el caso de Europa occidental, quedaron electos Portugal (con 184 votos) y Países Bajos (172), así como por parte de Europa oriental, Albania y Latvia (176 y 175 votos respectivamente). A partir del 2015, estos nuevos miembros pasarán a integrar formalmente el Consejo de Derechos Humanos.
Conclusión
La no reelección de Costa Rica posiblemente dé lugar a comentarios críticos por parte de los detractores de la administración del Presidente Luis Guillermo Solis, que inició sus funciones en mayo del 2014. Sus simpatizantes posiblemente hagan hincapié en los pocos votos asegurados por Costa Rica al iniciar la actual administración en mayo del 2014. En un caso como otro, los criterios de oportunidad para postular a Costa Rica a una reelección deberían ser cuidadosamente analizados, así como ponderar el anuncio hecho en septiembre del 2013 por la Presidenta Chinchilla en Nueva York frente a los 20 apoyos recaudados al iniciar el año 2014 (según el actual jefe de la diplomacia costarricense). El anuncio de una reelección siempre debiera hacerse público una vez valoradas las posibilidades de ganar la contienda. Asimismo, el hecho que Centroamérica se dividiera entre dos contendores, o que la CELAC no lograra consensuar la terna para reemplazar a Chile Perú y Costa Rica son también algunos elementos a considerar, entre otros. No obstante, esta no reelección debiera también ser entendida como una clara señal invitando a Costa Rica a buscar la forma de recuperar paulatinamente el liderazgo que durante muchos años ostentó en materia de derechos humanos en el ámbito multilateral.
Notas
1: Véase CALLEJON Cl., La réforme de la Commission des Droits de l´Homme des Nations Unies. De la Commission au Conseil, Paris, Pédone, 2008, p. 357.
2: Las arduas negociaciones para la adopción de este Protocolo Facultativo fueron lideradas por Costa Rica por más de 10 años en el seno de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. La férrea resistencia de unos le significó al aparato diplomático de Costa Rica desplegar un esfuerzo inusual para lograr su adopción: remitimos al lector a una modesta nota que reseña esta gran gesta diplomática de Costa Rica, detallada en el manual publicado por la APT y el IIDH   (pp. 63-73). Los cambios en el patrón de votos de los Estados de Naciones Unidas (pp. 259-269) es particularmente aleccionador.
3: Véase nuestro breve artículo sobre esta resolución publicado en Tribuglobal, BOEGLIN N., “ONU: HRC aprueba resolución para investigar ataques de Israel en Gaza”, 28/07/2014, disponible aquí.
Nicolás Boeglin. Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

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